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Esta semana por fin la secretaria de hacienda emitió las reglas del juego para los depósitos y cambio de divisas en México, según dicen que con estas medidas se va a suprimir el lavado de dólares por parte del crimen organizado. Estas reglas son las siguientes: 1) personas físicas, nacionales o extranjeras, cuentahabientes del banco, podrán vender hasta 4 mil dólares mensuales; 2) personas físicas, nacionales o extranjeras, no cuentahabientes del banco, podrán vender hasta 1,500 dólares mensuales; 3) personas morales, que operen en zonas turísticas y franjas fronterizas, podrán vender hasta 7 mil dólares mensuales.
Para las personas físicas nacionales el límite establecido es superior a los ingresos mensuales del 98 por ciento de los hogares mexicanos, (por lo que) aun si el total de éstos se recibiera en dólares, no habría restricción para cambiarlos. Y para nuestros turistas el límite máximo mensual será de 1,500 dólares; ya que según las estadísticas del gasto diario de estos turistas será suficiente para satisfacer las necesidades de cambio de divisa, dado que se estima que el gasto promedio por turista no fronterizo está entre 282 y 830 dólares por visita y que sólo el 35 por ciento de este gasto se realiza con dólares en efectivo. Por lo que podremos decir que no existirá una afectación negativa al turismo por estas nuevas reglas.
Todos sabemos que la gran mayoría de los turistas extranjeros que ingresan a nuestro estado llegan ya con el pago de su hospedaje y transportación, que son muy pocos que hacen el pago en sitio y mucho menos los que lo hacen en efectivo; por otro lado los gastos que estos turistas realizan en efectivo apenas representa el 35% del gasto promedio de los extranjeros.
El curso del dólar americano en la zona hotelera es cada día mayor que el de peso mexicano, incluso muchos de los precios que se ofertan en diferentes negocios están en dólares, incluso las rentas de los bienes inmuebles ya sea para un negocio o de uso habitacional son cotizados en dólares, por lo que estas reglas van a minimizar el mercado hormiga, ya que los nuevos requisitos que trae esta reglas no solo será en cuanto al monto, sino que ahora existe la obligación de identificarse y esto restringirá el mercado en efectivo.
Claro que nace la duda si estas medidas fomentaran el marcado negro de compra venta de dólares como sucede en otros países donde también están restringidas estas operaciones, pero eso no lo sabremos hasta que el tiempo nos dé la respuesta y obviamente para cuando eso suceda el gobierno federal volverá nuevamente a emitir mas reglas y reglas para tratar de logra su fin.
Estas modificaciones que se han hecho al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, dan a las personas morales hasta el día 14 de Septiembre para cambiar sus dólares a moneda nacional, si es que no se encuentran ubicadas en las 37 ciudades consideradas como fronteriza o turísticas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Por lo que a partir de hoy lunes 21 de Junio del presente estas reglas entraran en vigor.
La pregunta será si los empresarios turisteros podremos continuar con nuestras operaciones en dólares con el límite de 7 mil dólares americanos, ya que por ejemplo la venta de tours por día es mucho mas de 300 dólares americanos, lo que nos dejara con cierta cantidad de dólares que no podremos ingresar a nuestras cuentas bancarias y por consiguiente tendremos que realizar algunos pagos de insumos con esta moneda en efectivo, lo que podría traer un descontrol dentro de cada organización al tener que llevar sus registros contables en dólares pagados en efectivo en caso de una revisión por parte del SAT y poder comprobar estos ingresos y gastos y que no se considere lavado de dinero, sino ingresos propios de nuestra actividad diaria.
Como nos va afectar, pues el tiempo lo dirá, por lo pronto no podremos depositar estos ingresos excedentes y creo que provocara el uso indefinido de transacciones en efectivo más de lo que actualmente se hace. (No será que saldrá el tiro por la culata?)
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